DEL FOSFORITO ANDANTE…

Dictamen sobre si el motorista que se baja a mear sigue siendo persona o ya es mobiliario vial homologado al amparo del Real Decreto 518/2026

I. Objeto del dictamen
Se solicita a este perito, experto motero y mejor miccionador, que determine si el ciudadano que detiene su motocicleta en la comarcal que une Distriz con Sober, carretera de categoría cuaternaria inferior por la que pasan al día dos tractores, un Seat Ibiza del 98 y un corzo despistado, conserva su condición de peatón al pisar el asfalto, o si por el contrario el Estado lo considera un fosforito andante.

II. Inventario del sujeto antes de la parada
El sujeto circula provisto de los siguientes elementos de visibilidad, todos exigidos, homologados, cobrados y vivamente recomendados por quien corresponda: faro encendido de día y de noche, catadióptricos laterales, trasero y hasta en la horquilla, como en las bicicletas de los niños. Casco blanco con vinilos retrorreflectantes, chaqueta técnica con paneles de alta visibilidad en hombros, espalda y antebrazos. Y airbag, que aunque no es obligatorio, uno es consciente de la fragilidad de su orondez. Desde un helicóptero de la Guardia Civil, el sujeto parece una baliza de pista de aterrizaje con pretensiones literarias. Y aun así, el Ibiza del 98 lo va a ver tarde, porque su conductor va mirando el móvil. Eso ya está prohibido, pero cazarlo cuesta trabajo; al fosforito, en cambio, se le ve venir desde Monforte.

III. Los hechos.
A la altura del kilómetro indeterminado, marcado con una ortiga, un toxo y un palo seco, la próstata del sujeto, que tiene ya una edad y su propio criterio, ordena la detención inmediata. El sujeto aparca, se quita los guantes (obligatorios desde ayer también, por cierto, como si fuese asunto del ministerio que al sujeto, léase este perito, le guste desollarse las manos) y, antes de que su bota cerrada (obligatoria) toque el arcén (desconchado), debe localizar en el colín, debajo del kit antipinchazos y del bocadillo, el chaleco de alta visibilidad homologado conforme a la normativa EPI. Lo despliega y se lo pone encima del airbag reflectante, que va encima de la chaqueta reflectante: reflectante sobre reflectante sobre reflectante, como una cebolla fosforescente. Solo entonces puede atender a la urgencia.
Si la urgencia no ha esperado, el sujeto habrá cumplido la norma de tráfico a costa de incumplir la de la dignidad.
Este perito ha valorado la posibilidad de tomar un complejo B antes de cada salida: la riboflavina hace la orina fluorescente de modo que el chorro sería por fin el único elemento de visibilidad que el Estado aún no ha regulado. Y aunque no está homologado conforme a la normativa EPI, el pantalón meado resplandece en la cuneta como un chaleco más.

IV. Análisis comparado: el peatón.
Aquí está el meollo. El peatón que camina por esa misma carretera, fuera de poblado, solo está obligado a llevar un elemento luminoso o retrorreflectante desde la puesta del sol hasta su salida, o cuando la niebla o la lluvia reduzcan la visibilidad. A mediodía, con sol de agosto, el peatón puede pasear por el arcén vestido de luto riguroso, de camuflaje militar o de nada en absoluto (esto último ya es materia de otro analisis), y no comete infracción de tráfico alguna.
El motorista que se baja de la moto, sin embargo, debe ponerse el chaleco cuando abandone el vehículo y permanezca sobre la calzada o el arcén, a cualquier hora. A las doce del mediodía. Con un sol que derrite el asfalto. Brillando ya por sí solo como un árbol de Navidad.
Conclusión jurídica: el motorista apeado no es un peatón. Es un conductor en excedencia. La norma lo persigue más allá del vehículo, como la sombra a Peter Pan. Ha dejado de conducir, pero no ha dejado de ser sospechoso.

V. La escapatoria (vía de defensa).

Este perito advierte una grieta en el texto. La obligación se activa al permanecer sobre la calzada o el arcén. La cuneta no es arcén. El prado de las vacas tampoco. El sujeto que, con dos zancadas, alcanza el castaño que hay detrás de la cuneta, ha abandonado el ámbito de aplicación de la norma y vuelve a ser, durante unos minutos, un hombre libre que mea entre helechos como sus antepasados suevos.
Queda pendiente de dictamen si el trayecto de dos zancadas por el arcén exige chaleco. Este perito, por prudencia, recomienda saltar. Advierte, no obstante, que si en el salto el sujeto se tuerce el tobillo o se desgracia la juntura de la trocula, no habrá sufrido un accidente de tráfico, sino un accidente casual, que ninguna compañía le va a pagar. El arcén es tráfico para vestirlo de fosforito, pero deja de serlo cuando se rompe en él. La norma lo considera conductor para multarlo y peatón para no indemnizarlo.

VI. Conclusiones.
El motorista español es hoy el ser vivo más visible de la península, solo por detrás de la Guardia Civil con los pirulos encendidos y justo por encima del panel luminoso de la DGT.
Su visibilidad no ha reducido en nada la ceguera de quien no mira.
El peatón puede ser invisible de día; el motorista apeado, no, que para eso es gilipollas y se ha bajado de la moto.
El motorista apeado es conductor a efectos sancionadores y peatón a efectos indemnizatorios.
El legislador no protege al motorista: lo decora.
El próximo paso será una V16 pegada en el casco, con conexión a la DGT, para que sepan en tiempo real dónde está meando cada uno.

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